Por Jancarlos J. Vega Lugo
Copio la nota de presa publicada en el portal web institucional del Tribunal Constitucional, donde se comunica que a través de la Sentencia recaída en el Expediente N° 04293-2012-PA/TC, se deja sin efecto el precedente vinculante contenido en la STC 03741-2004-PA/TC, referido al control difuso en sede administrativa.
Esperamos los comentarios a esta sentencia.
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Nota
de Prensa Nº 033-2014-OII/TC
TC DEJA SIN EFECTO CONTROL DIFUSO EN SEDE
ADMINISTRATIVA
El Tribunal Constitucional, por
mayoría, dejó sin efecto el
precedente vinculante contenido en la STC 03741-2004-PA/TC, conforme al cual se
autorizaba a todo tribunal u órgano colegiado de la Administración Pública a
inaplicar una disposición infraconstitucional cuando considere que ella vulnera
manifiestamente la Constitución, sea por la forma o por el fondo.
Con esta resolución, los tribunales administrativos ya no están facultados a ejercer el denominado “control difuso de constitucionalidad”.
Así lo declaró el TC con motivo de resolver el Expediente Nº 4293-2012-PA/TC, en la demanda presentada por Consorcio Requena en contra de la Primera Sala del Tribunal de Contrataciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) y el Procurador Público a cargo de sus asuntos judiciales.
Lima, 14 de abril de 2014
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